El juez federal Martín Cormick hizo lugar a los amparos presentados por el Consejo Interuniversitario Nacional (CIN) y la Universidad de Buenos Aires (UBA) contra el Gobierno nacional y declaró inconstitucional una cláusula del Decreto 759/2025 que había suspendido la ejecución de la Ley de Financiamiento Universitario.
El titular del Juzgado Contencioso Administrativo Federal N° 11 ordenó al Poder Ejecutivo implementar de inmediato la normativa y tomar las medidas administrativas y reglamentarias para garantizar su cumplimiento.
Martín Cormick cuestionó el decreto mediante el cual el Gobierno promulgó la Ley 27.795 con una cláusula que condiciona la aplicación efectiva de la norma a que el Congreso determinara las fuentes de financiamiento correspondientes y dispusiera la incorporación de las partidas necesarias al presupuesto nacional.
En su resolución, Cormick sostiene que el decreto resultó un mecanismo usado para impedir la vigencia efectiva de una ley sancionada por el Congreso y posteriormente ratificada tras el veto del presidente Javier Milei.
El texto de la sentencia indica que "la materia presupuestaria no se encuentra excluida de la intervención jurisdiccional y es la verificación de la existencia de un derecho vulnerado lo que admite la posibilidad de efectuar un control de constitucionalidad".
Se trata de una resolución judicial que unificó dos expedientes que habían sido tramitados de manera separada. Uno correspondía a una acción de amparo colectiva impulsada por el Consejo Interuniversitario Nacional, junto con docentes y distintas instituciones académicas del país. El otro, iniciado por la Universidad de Buenos Aires, advertía respecto de la asfixia financiera que afectaba a sus facultades, colegios preuniversitarios y centros de salud.
El conflicto se inició en 2025, cuando el Congreso sancionó la Ley 27.795, destinada a establecer mecanismos para el financiamiento de la educación universitaria. El Poder Ejecutivo la vetó mediante el Decreto 647/2025, pero ambas cámaras del Congreso rechazaron el veto con las mayorías constitucionales requeridas y ratificaron el texto aprobado.
Posteriormente, el Ejecutivo promulgó la ley mediante el Decreto 759/2025, incorporando una cláusula que condicionaba su ejecución a las previsiones del artículo 5° de la Ley 24.629 de Administración Financiera.
